22 febrero 2018

ACTUALIZACIÓN DEL SUA: 3.5.2



El Seguro Social reajustó el valor del factor de descuento para el cálculo de las amortizaciones de los créditos en VSM.

El 20 de febrero de 2018 el IMSS puso a disposición de los patrones la versión 3.5.2 del Sistema Único de Autodeterminación (SUA) en la que incluyó la actualización del valor Infonavit para créditos con tipo de descuento: Factor de Descuento (FD).

Dicho factor se ajustó al valor de 78.43 pesos.

Créditos con factor de descuento en Veces en Salario Mínimo (VSM) El valor para determinar el monto de la amortización de los créditos de tus trabajadores otorgados en Veces en Salario Mínimo (VSM) es de: 78.43 pesos, conforme al artículo 44 segundo párrafo de la Ley del Infonavit, en el que se establece que el incremento de los créditos en VSM no podrá ser superior al porcentaje en que se incremente la Unidad de Medida y Actualización. 
Para la determinación de dicho monto, se realizó el comparativo entre el porcentaje en que se incrementó el salario mínimo vigente para 2018, que fue de 3.9, contra el porcentaje que representó la inflación en 2017, que fue de 6.77 puntos porcentuales, dando la cantidad de 78.43 pesos (75.49  x 3.9 % = 2.94 +75.49= 78.43). (fuente http://ppsotoasesor.com)

Es preciso señalar que el valor del FD se está considerando para todo el bimestre (enero-febrero de 2018).

Asimismo en esta versión se ajustó la rutina de cálculos para casos específicos y mejoró la:

validación de la correcta captura de los salarios mínimos y la UMA vigentes a la fecha, y
reajuste de los datos históricos vigentes del INPC y porcentajes de recargos, para el periodo de julio de 1997 a diciembre de 2017

Finalmente se recomienda que antes de actualizar el SUA se realice un respaldo del mismo.

FUENTE: https://idconline.mx
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19 febrero 2018

COMPLEMENTO PARA PAGOS HASTA EL 1 DE SEPTIEMBRE 2018

A través del Segundo Anteproyecto de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, dada a conocer por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) el 16 de febrero de 2018, se da a conocer una prórroga en materia de Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).

Al respecto, a través del Tercero Resolutorio se establece que el complemento para recepción de pagos podrá no incorporarse hasta el 31 de agosto de 2018. En este sentido, se prorroga la utilización del complemento para pagos, al 1 de septiembre de 2018.

La disposición en cuestión se transcribe a continuación:

Para los efectos de la regla 2.7.1.35., los contribuyentes podrán optar por expedir CFDI usando la versión 3.3. del Anexo 20 sin incorporar el complemento para recepción de pagos hasta el 31 de agosto de 2018.

Esta disposición está pendiente de publicarse en el Diario Oficial de la Federación.


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05 febrero 2018

FACTURA 3.3: 5 ERRORES POR LOS QUE PUEDES PAGAR MULTA



En la nueva factura 3.3, los contribuyentes deben especificar todas sus operaciones con datos como tipo de moneda, tipo de activos que venden, bancos, direcciones postales, entre otros, lo que le facilitará al Servicio de Administración Tributaria (SAT), fiscalizarlos con un menor esfuerzo.

La factura 3.3 requiere de mayor información e implica una curva de aprendizaje importante, en especial para aquellos contribuyentes que realizan sus facturas sin ayuda de un contador o proveedor de facturación, como aquellos que cotizan en el régimen de servicios profesionales.

Estos son algunos de los principales errores que han cometido los usuarios al emitir las nuevas facturas y que puedes evitar para que no rechacen tus facturas.

1. Método y forma de pago

Si al momento de emitir la factura electrónica aún no has recibido el pago por el servicio que brindaste, solo tienes que indicar la clave que indica que el pago está por definir (99), ya que si señalas que la compensación ya se realizó, por ejemplo vía trasferencia electrónica (03), aunque aún no se haya hecho, el SAT considerará que ya recibiste ese ingreso y por lo tanto, te requerirá que pagues el impuesto correspondiente.

Si sabes que el pago se realizará en varias exhibiciones, entonces debes señalar que este se hará en parcialidades o diferido. En este caso, si no sabes el método de pago, sí debes señalar que está por definir.

2. Clave de producto o servicio

Como parte de la nueva factura 3.3, el fisco publicó varios catálogos con 53,000 productos y servicios, por lo que los contribuyentes deben buscar la clave que más se adecue a la mercancía que venden o servicio que prestan.

3. Tasa o cuota

Si la factura que emitirás implica un servicio o bien exento del Impuesto al Valor Agregado (IVA), tendrás que especificar que la tasa del impuesto es de 0.00. En las versiones anteriores de la factura electrónica este campo podía quedar en blanco, pero ahora, tendrás que señalar que la tasa es de cero.

4. Uso del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI)

Otro de los errores es señalar en todas las facturas electrónicas o CFDIs “Por definir” en el apartado de uso de comprobantes.

Si aún no sabes para que se utilizará el comprobante puedes poner por definir, pero en caso contrario, debes especificar el uso y la clave correspondiente, como gasto en general, gastos médicos por incapacidad o discapacidad, honorarios médicos, etcétera.

¿Multas por factura 3.3?

El SAT ha indicado que de momento no se impondrán multas si el contribuyente comete un error en las claves de los productos o la medida de estos, siempre y cuando estén bien descritos en los campos correspondientes.

No obstante, aún no se conoce el tiempo que durará este periodo de gracia, por lo que los contribuyentes deben acelerar el proceso de aprendizaje, y de esta manera evitar errores en las nuevas facturas.


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RECIBO ELECTRÓNICO DE PAGO (REP)